Respondida
hace 12 años
Quien te acusa debe acreditar plenamente que tu fuiste quien te llevaste el dinero, no son suficientes las presunciones o los supuestos, debe haber pruebas plenas de que tu agarraste el dinero. Si ...
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hace 12 años
Debes presentar tu recurso de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa competente en tu domicilio, muy importante que dependiendo del monto, tienes unicamente 15 dÃas o...
Respondida
hace 12 años
Debes demandar precisamente el reconocimiento de la paternidad cuando el niño nazca, pero si el demanda la convivencia, forzosamente tiene derecho y se la van a otorgar, a menos que existe algun i...
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hace 12 años
Debes presentar un juicio de nulidad alegando primordialmente dos cosas, la legalidad en la formalidad de dicho requerimiento y segundo, la naturaleza de dicho impuesto (tenencia-tener) si tu no ti...
Respondida
hace 12 años
SI hay probabilidades, habrÃa que verificar si fuiste emplazado legalmente de dicho procedimiento y en su caso presentar el amparo indirecto para tratar de anular el remate. Con suerte, incluso to...
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hace 12 años
Deben abrir el procedimiento sucesorio respectivo y señalar los muebles que alegas, uno por uno, con la mayor descripcion posible, de otra manera, por principio, lo accesorio sigue la suerte de lo...
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hace 12 años
El hecho de que no tengas contrato no afecta de manera alguna que tu tengas seguro tu trabajo, de hecho, por Ley, la omision del contrato repercute en una relacion por tiempo indeterminado (conocid...
Respondida
hace 12 años
Esta mal estructurada tu pregunta. Para poderla atender favor de indicar lo siguiente:
1. Que tipo de juicio es.
2. A que te refieres con señalizacion.
Saludos
Respondida
hace 12 años
La única manera de que le puedan quitar tu apellido serÃa mediante un juicio de desconocimiento de paternidad, en el cual la prueba trascendental será la de ADN. En caso de que efectivamente sea...
Respondida
hace 12 años
Si eres menor de 18 años pero mayor de 16 años necesitas el permiso de tus padres o tutores, si eres menor de 16 años no puedes celebrar matrimonio. Respecto de la edad de tu compañero, no hay ...