¿Cuánto tiempo me queda para demandar a mi empresa por despido si me corrieron en junio 2015?
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Contestado
hace 9 años
Buen día en este caso el Art. 518 - Ley Federal del Trabajo.- Prescriben en dos meses las acciones de los trabajadores que sean separados del trabajo. Pero por lo que usted comenta recuerde que 3 faltas en un mes sin justificación alguna es motivo para que se dé por terminada la relación laboral, quedo a sus órdenes.
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