Demanda de pensión alimenticia
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hace 7 años
Los alimentos son considerados de orden público y de primera necesidad, por lo que al ser de urgencia el juez de lo familiar está obligado a decretar una pensión alimenticia provisional, girando una orden de descuento a la fuente laboral y es muy común que en primer lugar se garantice el pago a los acreedores alimentarios.
Debe presentarse al juzgado que conoce del juicio de alimentos para emplazarse a juicio para que dentro del término legal dé contestación a los hechos, oponga excepciones y ofrezca sus medios probatorios.
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