Denuncia a constructora

Puede demandar por Vicios Oculltos
A QUIEN SE RECLAMA Y CUANTO TIEMPO TENEMOS PARA HACERLO?
a) Garantía del constructor y/o arquitecto y/o maestro mayor de obra: tenemos 10 años contados a partir del momento de adquisición del inmueble. Nace del reclamo por cualquier problema estructural propio de la construcción, en razón de la profesión de estos.
b) garantía por vicios aparentes: son los descubiertos a simple vista. Hay un plazo de 2 años para denunciarlos.
c) garantía por vicios ocultos: aparecen tiempo después de adquirido el inmueble, como suele ocurrir con las manchas de humedad escondidas bajo una mano de pintura. El reclamante tiene tres meses (o 60 días hábiles) desde la aparición del desperfecto para exigir la reparación tanto al constructor como al vendedor.

Que tal. Debe presentar una demanda civil por vicios ocultos, esto es, que al momento de la compraventa la constructora oculto los defectos de la vivienda para engañarlo y que la comprara. Puede pedir la cancelacion total de la compraventa o bien, previa determinacion, una indemnizacion por el daño ocasionado.