¿Después de 18 años es procedente el reclamo de una liquidación de sociedad conyugal?
¿Después de 18 años es procedente el reclamo de una liquidación de sociedad conyugal?
Hace 18 años el juez declaro disuelto el vinculo matrimonial y sociedad conyugal y hasta ahora 18 años después me demandan por la liquidación al 50% de una vivienda. ¿Es esto procedente?