¿Qué diferencia existe en calcular el ISR como persona física y cuando la misma persona física cuando integra una sociedad civil?

Soluciones Jurídicas Lic. Víctor Carrillo Estrada
Abogado de México especializado en Derecho de Familia
He recibido su correo electrónico y estoy seguro de poder ayudarle a resolver el problema legal que me plantea, sin embargo es necesario revisar documentos y conocer los detalles del caso, por favor llame a mi oficina al 24548118 para coordinar el día y la hora para reunirnos, también me puede contactar vía WhatsApp con el número 5517984108.
Con los datos que me proporcionó trataré de contactarle a la brevedad, de no tener éxito le agradeceré acuda directamente a mi oficina ubicada en Calle Ario #5, Col. Roma Sur, CDMX.
Saludos cordiales

La diferencia recae sobre los gastos que son deducibles entre la persona física y la moral o también llamada jurídica. Asimismo, la ley del impuesto sobre la renta prevé que las personas físicas solamente pueden deducir un pequeño porcentaje de sus ingresos, las jurídicas pueden deducir el cien por ciento.
Una cosa son tus ingresos como persona física y otra los ingresos que tenga la sociedad.