duda de la morosidad de un arrendamiento
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Basic

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hace 12 años
Buenas tardes, te comento que la morosidad inicia inmediatamente después de cumplido el plazo pactado para el pago de la renta, es decir, al día siguiente en que se debió pagar esta, en este caso si no quieres esperar a que se cumplan dos meses de atraso para pedir la desocupación del inmueble y lo que te interesa es el pago del alquiler puedes iniciar un juicio sumario para pedir el pago de la renta ya generada.
Quedamos a tus ordenes al teléfono 0449511684064.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Basic

Contestado
hace 12 años
Depende de lo que se haya pactado en el contrato, sin embargo por regla general entras en mora desde el primer día de falta de pago, es decir, al día siguiente de la fecha señalada para pago.
Saludos
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