Que la luz haya llegado muy alta, ¿es un vicio oculto en un alquiler?
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Basic

Ganed&JJAbogados
Abogado de Querétaro especializado en Derecho Administrativo
Contestado
hace 9 años
Buen día. En caso de existir en papel, necesitaríamos consultar el contrato de arrendamiento para analizar el punto especifico de los servicios. En caso contrario, se tendría que consultar el Código Civil de su entidad, para ver la regulación del contrato de arrendamiento. Dudo mucho que usted pueda ser responsable, u obligado al pago del servicio de luz eléctrica. De cualquier forma, le sugiero consultar con un abogado civilista en su localidad, para que sea asesorado de forma adecuada. Saludos.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic

Contestado
hace 10 años
muy lejos de Campeche, mexico
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