¿Me pueden desalojar por término del contrato?

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Abogado de Irapuato especializado en Derecho Civil
Buen día, le informamos que la ley marca que debe ser notificado de la desocupación del inmueble con tres meses de anticipación, por lo que no lo pueden desalojar antes, además de que en caso de negativa por parte de usted, tendrían que comenzar un juicio de terminación de contrato de arrendamiento y de entrega de inmueble.
Saludos. Estamos a sus ordenes.

Tenemos que ver primero cada clausula del contrato y tratar de negociar con el arrendador para que no lo desaloje.
Cualquier duda o comentario, quedo a sus ordenes.
Atentamente
Lic. Belén Elizarrarás Sánchez
"Pasión y enfoque para resolver sus asuntos jurídicos"

Buenos días en este caso si es posible que lo desalojen ya que como usted lo indica término el contrato, solo le sugiero que pida recibo de cada cinco que usted page, quedo a sus órdenes.