¿en un pagaré es absolutamente necesario que se especifique la causa de la dueda, o con que cumpla éste pagaré con los demás requisitos de contenido se puede hacer efectivo?

No es necesario que en el pagaré se especifique la causa de la deuda.
Basta con que cumpla los requisitos indicados en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito:
El pagare debe contener:
- La mencion de ser pagare, inserta en el texto del documento;
- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
- La epoca y el lugar del pago;
- La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y
- La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre
Quedamos a sus ordenes.
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Buenos dias, no es requisito indispensable que especifique el motivo, causa o razon de la deuda, es suficiente que se firme el pagaré, con la fecha, lugar de expedición, y la firma, para mayor certeza, que le deje copia de su IFE, puede hacerlo válido para su cobro dentro de los tres años siguientes al de la fecha de emisión. El pagaré es independiente, autónomo por sí mismo, no se necesita acreditar su procedencia, quedo a sus órdenes para cualquier duda o comentario, correo i_isaac_rs arroba hotmail punto com
Lic. Isaac Ramírez

Soluciones Jurídicas Lic. Víctor Carrillo Estrada
Abogado de México especializado en Derecho de Familia
No es necesario manifestar los hechos, con que este bien elaborado o bien llenado, no habrá objeción para hacer cobro de ello.
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