Pago de liquidacion a trabajador

Abogados Heras, Hernández Y Asociados
Abogado de Torreón especializado en Procesal Laboral
Estimado usuario, su liquidación se calcula de acuerdo a su salario diario integrado, multiplicándolo por los días que le corresponden de prestaciones laborales, como Aguinaldo (15 días del último año); Vacaciones (14 días del 5to años); Prima Vacacional (25% de las vacaciones); la indemnización por despido Injustificado (90 días) y la antigüedad se por la suma de 12 días por año a razón de doble salario mínimo de su localidad si su salario diario integrado lo rebasa o por el salario diario que ganaba si este no rebasa el doble del salario mínimo.
Para cálculos numéricos precisos, es necesario que acuda personalmente con alguno de nuestros abogados.
Saludos.

MeNa Abogados Laborales - QUERÉTARO. MÉXICO
Abogado de Querétaro especializado en Derecho Laboral
Le solicitamos se ponga en contacto con nosotros, ya que requerimos de mayor información para generar el cálculo que nos solicita. Saludos.