Pago de pension alimenticia
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Contestado
hace 10 años
Hola buenas tardes, por medio del presente doy atenta contestacion a su pregunta lo cual lo hago de la siguiente manera:
I.- La obligación de otorgar alimentos a los hijos es hasta los 18 años de edad siempre y cuando no tengan alguna discapacidad física o mental y que no se encuentren cursando estudios en una carrera universitaria.
II.- Hasta los 25 años de edad si se encuentran cursando una carrera profesional.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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