¿Qué puedo alegar en contra de un incidente de ejecución de sentencia de alimentos si la actora no ejecutó dicha sentencia?
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Contestado
hace 10 años
Buen día, le informamos que no hay mucho que se pueda hacer, ya que las sentencias pueden ser ejecutadas durante los siguientes 10 años, además de que si son procedentes los alimentos caídos, lo que podría hacer es consignar pagos en el Juzgado para que no le cobren interés moratorio. Saludos. Estamos a sus órdenes. 01 (800) 2694502
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