Se puede quedar un inquilino con mi propiedad?

Ganed&JJAbogados
Abogado de Querétaro especializado en Derecho Administrativo
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Mejor respuesta según autor
Tendría que interponer un juicio reivindicatorio o un sumario de desahucio, en el caso que su inquilino le adeude rentas. En teoría su inquilino no podría adjudicarse la propiedad que a usted le pertenece porque el acto que dio origen a la posesión de dicha persona, no lo fue con ánimo de dominio, sino como contraprestación al pago de una renta. De cualquier forma, la relación contractual, es decir, el arrendamiento, debe probarse dentro de los juicios que líneas arriba le comenté, por lo que puede prescindirse del contrato por escrito, siempre y cuando, se cuenten con otras pruebas que lo acrediten. Por el contrario, su inquilino pudiese iniciar un juicio de prescripción para adquirir la propiedad en comento, por lo que, de igual manera, usted debiere probar el acto que dio origen a la posesión de dicha persona para que su acción no proceda. Saludos!!

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Buenos días si existe la posibilidad por el tiempo que ha habitado el inmueble tendríamos que ver desde cuando esta sin contrato y otros factores que le podrían ayudar y obviamente promover un juicio de desalojo, quedo a sus órdenes.

Saludos!
Le recomiendo que tome cartas en el asunto ya que, efectivamente, si pueden promover un juicio para quitarle su casa por prescripción positiva, en este caso recomiendo que inmediatamente se tomen medidas preventivas para recuperar la posesión del inmueble.
Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario